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Requisitos para crear una fundación en Colombia paso a paso

Requisitos para crear una fundación en Colombia paso a paso

Última actualización: julio de 2026

A doña Luz Mery, líder de un comedor comunitario en Itagüí, todo el mundo le decía lo mismo: «eso de crear una fundación es carísimo y necesitás un abogado para cada paso». Llevaba dos años ayudando con lo que podía, pero sin figura legal no lograba recibir donaciones ni presentarse a convocatorias. El día que se sentó a averiguar de verdad, descubrió que los requisitos no eran tantos ni tan misteriosos: eran una lista concreta que cualquiera puede reunir con orden.

En corto: los requisitos para crear una fundación en Colombia son tener mínimo un fundador, un patrimonio inicial destinado a una causa de interés general, unos estatutos, un acta de constitución y el registro en la Cámara de Comercio, más la inscripción en la DIAN para obtener el RUT. Acá te explicamos cada requisito, qué documento lo respalda y ante quién se tramita, para que arranques sin dar vueltas.

¿Qué requisitos pide la ley para crear una fundación?

Una fundación es una entidad sin ánimo de lucro (ESAL) que destina un patrimonio a una causa de interés general —vivienda, educación, salud, cultura— sin repartir utilidades entre sus miembros. Para que exista legalmente, la ley colombiana pide reunir unos elementos básicos antes de registrarla.

  • Fundador(es): puede constituirla una sola persona natural o jurídica, o varias. No hay un número mínimo grande como en otras figuras.
  • Patrimonio inicial: un aporte destinado a la causa. La ley no fija un monto mínimo universal, pero sí debe existir un patrimonio real que respalde el objeto.
  • Objeto social de interés general: la finalidad no puede ser el lucro de los fundadores; debe beneficiar a la comunidad.
  • Estatutos: las reglas internas (nombre, objeto, órganos de dirección, representante legal, manejo del patrimonio, disolución).
  • Acta de constitución: el documento donde los fundadores acuerdan crear la entidad y aprueban los estatutos.

Si esto te suena nuevo, te conviene leer primero qué es una ESAL y qué tipos existen, porque la fundación es una de esas figuras y conviene elegir bien antes de constituir.

¿Qué documentos necesito para constituir la fundación?

El corazón del trámite son dos documentos: el acta de constitución y los estatutos. Con ellos vas a la Cámara de Comercio del lugar donde funcionará la entidad. La red de Cámaras de Comercio es la que lleva el registro de las ESAL en Colombia.

El acta reúne los datos de los fundadores, la decisión de crear la fundación, la aprobación de los estatutos y el nombramiento del representante legal y demás órganos. Los estatutos, por su parte, son el reglamento que gobernará a la entidad por años, así que vale la pena redactarlos con cuidado y no copiar cualquier plantilla. Muchas fundaciones tropiezan aquí por un objeto social mal definido.

¿Ante quién se registra una fundación y en qué orden?

Entre los requisitos para crear una fundación en Colombia, el registro sigue una secuencia lógica. Primero se firma el acta y los estatutos; luego se registran en la Cámara de Comercio, que verifica que el nombre esté disponible y que los documentos cumplan; después se tramita el RUT en la DIAN; y, por último, la entidad puede solicitar su calificación en el régimen tributario especial para no pagar renta sobre lo que reinvierte en su causa.

Requisitos para crear una fundación en Colombia: qué presentar y ante quién

Requisito Documento o dato Ante quién
Voluntad de constituir Acta de constitución firmada Fundadores
Reglas internas Estatutos aprobados Fundadores
Existencia legal Inscripción de la ESAL Cámara de Comercio
Identificación tributaria RUT DIAN
Representante legal Aceptación e inscripción del cargo Cámara de Comercio
Beneficio de renta (opcional) Solicitud de calificación en el RTE DIAN

Cuadro orientativo de los requisitos y trámites para constituir una fundación en Colombia. Los requisitos puntuales y las tarifas de registro los define cada Cámara de Comercio; verificá en confecamaras.org.co y dian.gov.co.

Errores comunes al crear una fundación

  • Copiar estatutos de internet sin adaptarlos. Un objeto social vago o cláusulas que no encajan con tu causa te devuelven el trámite o te complican la calificación tributaria.
  • Creer que no paga impuestos automáticamente. El beneficio del régimen especial hay que solicitarlo y renovarlo; no viene por ser fundación.
  • Olvidar las obligaciones anuales. Tras crearla hay que renovar el registro en Cámara y actualizar el RTE cada año; descuidarlo trae sanciones.

¿Cuánto tarda y cuánto cuesta crear una fundación?

El tiempo depende de qué tan listos estén los documentos. Con el acta y los estatutos bien hechos, el registro en la Cámara de Comercio puede resolverse en pocos días hábiles, y el RUT se saca en la DIAN de forma ágil. Lo que más demora, en la práctica, es redactar bien los estatutos y ponerse de acuerdo entre fundadores.

El costo principal entre los requisitos para crear una fundación en Colombia son los derechos de registro que cobra la Cámara de Comercio, que varían según la ciudad y el patrimonio. No necesitás obligatoriamente un abogado, pero para los estatutos y la definición del objeto social una asesoría ayuda a no equivocarse. Si querés el detalle completo del proceso, seguí nuestra guía de cómo crear una fundación en Colombia paso a paso.

¿Qué sigue después de crear la fundación?

Crear la entidad es el punto de partida, no la meta. Una vez inscrita, la fundación debe mantenerse al día: renovar cada año el registro en la Cámara de Comercio y, si quiere conservar el beneficio de renta, cumplir con el régimen tributario especial (RTE) ante la DIAN y con la renovación del registro ESAL.

También es el momento de construir confianza: llevar cuentas claras, rendir informes y buscar apoyo. Si tu meta es sostener la causa en el tiempo, mirá cómo conseguir donantes para una fundación, porque una entidad transparente y bien constituida es la que logra aliados.

¿Por qué esto le importa a las familias que buscan vivienda digna?

Detrás de cada fundación seria hay familias que reciben una mano concreta. Cuando una organización se constituye bien, puede recibir donaciones, presentarse a convocatorias y sostener programas de vivienda, alimentación o educación sin depender de la buena voluntad del momento. La figura legal es lo que convierte las ganas de ayudar en ayuda real y sostenida.

En la Fundación Hechos Para la Comunidad conocemos ese camino porque lo recorrimos: constituirse, ordenarse y rendir cuentas para poder construir vivienda digna. Por eso compartimos lo aprendido con quienes empiezan.

Preguntas frecuentes sobre los requisitos para crear una fundación

¿Cuántas personas se necesitan para crear una fundación en Colombia?

Puede constituirla una sola persona, natural o jurídica, o varias. A diferencia de otras figuras asociativas, la fundación se centra en un patrimonio destinado a una causa, no en un número mínimo de asociados.

¿Hay un monto mínimo de patrimonio para crear una fundación?

La ley no fija un monto único universal, pero sí debe existir un patrimonio real que respalde el objeto de la fundación. Cada Cámara de Comercio puede orientarte sobre lo que espera en tu ciudad; lo importante es que el aporte sea coherente con la causa.

¿Necesito un abogado para crear la fundación?

No es obligatorio. Podés reunir los documentos y hacer el registro por tu cuenta. Ahora bien, para redactar los estatutos y definir el objeto social conviene una asesoría, porque un error ahí complica el trámite y la calificación tributaria más adelante.

¿Dónde verifico los requisitos oficiales actualizados?

En la Cámara de Comercio de tu ciudad (a través de confecamaras.org.co) y en la DIAN (dian.gov.co) para lo tributario. Allí están los formatos, tarifas y requisitos vigentes, que pueden cambiar de un año a otro.

Cómo te acompaña Hepacom

En la Fundación Hechos Para la Comunidad sabemos lo que cuesta pasar de «quiero ayudar» a tener una organización legal y sostenible, porque nosotros también empezamos así. Por eso compartimos guías claras para quienes quieren crear su propia fundación y multiplicar el bien.

No tramitamos tu registro ni redactamos tus estatutos por vos —eso lo hacés ante la Cámara de Comercio y la DIAN, con asesoría si la necesitás—, pero sí te ayudamos a entender el camino completo. Encontrá más guías en nuestro blog y, si querés orientación, escribinos a donaciones@hepacom.org o por la página de contáctanos.

Guía informativa. El registro de la fundación lo realizan los fundadores ante la Cámara de Comercio y la DIAN. Verificá los requisitos, formatos y tarifas vigentes en el canal oficial. Hepacom no cobra ni gestiona trámites ni pagos.

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