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Tax benefits of Law 2380 of 2024: donate and deduct taxes

Tax benefits of Law 2380 of 2024: donate and deduct taxes

Cada fin de año, varias empresas del sur del Valle de Aburrá nos escriben con la misma duda: «si donamos a una fundación, ¿de verdad nos ahorramos impuestos o es un cuento?». La respuesta corta es que sí, y desde 2024 el ahorro puede ser mayor. Los beneficios tributarios de la Ley 2380 de 2024 ampliaron el descuento en el impuesto de renta para ciertas donaciones: la regla general sigue siendo un descuento del 25% del valor donado a una entidad sin ánimo de lucro del régimen especial, pero la nueva ley lo subió hasta el 37% cuando se donan alimentos aptos para el consumo humano y bienes de higiene a los bancos de alimentos. Acá te explicamos qué cambió, cuánto podés descontar y cómo hacerlo bien.

Somos Hepacom, una fundación de vivienda digna (ESAL con NIT 900.841.914-1) que acompaña a familias del sur del Valle de Aburrá. No somos asesores tributarios ni la DIAN, pero convivimos todos los días con empresas y personas que quieren donar bien y aprovechar los incentivos que la ley les da. Por eso reunimos acá la información verificada en las fuentes oficiales, para que tu contador y vos decidan con datos claros y no con rumores de pasillo.

¿Qué cambió con la Ley 2380 de 2024 para quien dona?

Lo que cambió es concreto. La Ley 2380 de 2024, sancionada el 15 de julio de 2024, se creó para promover la donación de alimentos y avanzar hacia el «hambre cero» en Colombia. Para lograrlo le agregó un parágrafo al artículo 257 del Estatuto Tributario y elevó el descuento en renta hasta el 37% del valor donado cuando la donación son alimentos aptos para el consumo humano o bienes de higiene y aseo entregados a bancos de alimentos. Además, ese mismo tipo de bienes quedó excluido del IVA. Antes de la ley, toda donación a una entidad del régimen especial daba un descuento del 25%; ese piso se mantiene, y ahora aparece un incentivo reforzado para la seguridad alimentaria.

Si venís buscando el panorama general, tenemos guías aparte de cómo una empresa obtiene el beneficio tributario al donar y de cómo donar a una fundación y deducir impuestos. Esta guía se concentra en lo nuevo: la reforma de la Ley 2380.

¿Cuánto puede descontar tu empresa por donar a una fundación?

Depende de qué dones y a quién. Como es un descuento tributario —no una deducción— el valor se resta directamente del impuesto de renta a pagar, no de la renta bruta, y por eso pesa más de lo que parece. Esta tabla resume los tres escenarios que trae la norma.

Descuentos en renta por donaciones según la Ley 2380 de 2024 y el Estatuto Tributario. Elaboración de Hepacom con base en la DIAN. Los porcentajes y topes los define la DIAN. Última actualización: julio 2026.
Qué donás y a quién Descuento en renta Norma
Dinero o bienes a una fundación del régimen especial (por ejemplo, de vivienda) 25% del valor donado Art. 257 del Estatuto Tributario
Alimentos de consumo humano y bienes de higiene/aseo a bancos de alimentos Hasta 37% del valor donado (incluye costos de transporte) Art. 257, parágrafo de la Ley 2380 de 2024
IVA sobre esos alimentos e higiene donados a bancos de alimentos Excluidos del IVA Art. 424, numeral 9 (Ley 2380 de 2024)

Hay un límite que conviene tener presente: el artículo 258 del Estatuto Tributario establece que estos descuentos, sumados, no pueden superar el 25% del impuesto de renta a cargo de la empresa en el año. Y si no alcanzás a usar todo el descuento, la Ley 2380 permite trasladar el excedente hasta cuatro periodos gravables siguientes.

Errores comunes al aplicar el descuento

  • Confundir descuento con deducción: el 25% o el 37% se resta del impuesto a pagar, no de la renta bruta. Tratarlo como deducción hace que el cálculo quede mal y la DIAN lo rechace.
  • Creer que toda donación da el 37%: ese porcentaje es exclusivo para alimentos y bienes de higiene entregados a bancos de alimentos. Lo demás sigue en el 25% general.
  • Donar sin pedir el certificado de donación: sin ese soporte firmado por la entidad, la DIAN no acepta el descuento por más real que haya sido la donación.

¿Qué donaciones acceden al descuento del 37%?

El 37% no es para cualquier donación. La Ley 2380 lo reservó para un caso puntual: alimentos aptos para el consumo humano y bienes de higiene y aseo, donados a bancos de alimentos constituidos como entidades sin ánimo de lucro, a los bancos de alimentos de organizaciones religiosas o a sus asociaciones. El beneficio incluso cubre los costos y gastos de transporte que asumís para poner esos bienes a disposición del banco. En cambio, si tu empresa dona dinero, materiales de construcción u otros bienes a una fundación de objeto distinto —como la vivienda—, el incentivo que aplica es el descuento general del 25%, no el 37%. Vale la pena tenerlo claro para no prometerle a la gerencia un ahorro que no corresponde.

¿Cómo se aplica el descuento y qué documento necesitás?

El descuento no es automático: hay que soportarlo. La pieza clave es el donation certificate firmado por el representante legal de la entidad que recibe y, cuando aplica, por el contador o el revisor fiscal; ese documento debe indicar la fecha, la clase de bien donado, el valor y su destinación. Sin ese certificado, la DIAN no acepta el descuento. También conviene confirmar que la fundación esté calificada en el special tax regime, porque solo las donaciones a entidades del RTE (y a las no contribuyentes de los artículos 22 y 23) dan derecho al descuento. Para el detalle de cada requisito, la DIAN lo explica en su concepto sobre donaciones a entidades del régimen especial.

¿Donar a Hepacom da beneficio tributario?

Sí, dentro del régimen general. Hepacom es una entidad sin ánimo de lucro del régimen especial, así que una donación en dinero o en bienes da derecho al descuento del 25% del artículo 257, con su certificado correspondiente. No accede al 37% porque ese porcentaje está reservado a los alimentos y bienes de higiene entregados a bancos de alimentos, que es un objeto distinto al nuestro. Y lo valioso, más allá del número, es a dónde va tu aporte: cada donación se convierte en materiales, mejoras y acompañamiento para que una familia del Valle de Aburrá pase de una casa con piso de tierra a una decent housing. El incentivo tributario es el empujón; el resultado es una familia con un techo seguro.

How Hepacom accompanies you

Si tu empresa quiere donar y aprovechar bien estos beneficios, en Hepacom te entregamos el certificado de donación en regla y te mostramos con transparencia en qué se invierte cada peso. No cobramos ni gestionamos trámites ante la DIAN —eso lo hace tu contador—, pero sí ponemos la información y los soportes para que la donación cuente, en lo tributario y en lo humano. Escribinos a donaciones@hepacom.org or from contact us y coordinamos una donación que le sirva a tu empresa y a una familia que la necesita. Si todavía estás decidiendo a quién donar, mirá cómo elegir una fundación confiable.

Frequently Asked Questions

¿La Ley 2380 de 2024 aplica a personas naturales o solo a empresas?
El descuento del artículo 257 lo pueden tomar los contribuyentes del impuesto de renta que donan a entidades del régimen especial, sean personas jurídicas o naturales declarantes, siempre con el certificado de donación. Cómo se refleja en tu declaración lo confirma tu contador según tu caso.

¿Puedo restar la donación de mis ingresos?
No. Desde la reforma ya no es una deducción de la renta, sino un descuento que se resta del impuesto a cargo (25% o 37% según el caso), con el tope del 25% del impuesto que fija el artículo 258.

¿Qué pasa si el descuento es mayor que mi impuesto de este año?
La Ley 2380 permite trasladar el excedente que no alcances a usar hasta un máximo de cuatro periodos gravables siguientes, dentro de tu liquidación privada del mismo impuesto.

¿Toda fundación da derecho al descuento?
No. Solo las calificadas en el régimen tributario especial (o las no contribuyentes de los artículos 22 y 23). Antes de donar, pedí el certificado y verificá el RUT y la calificación de la entidad.

Última actualización: julio 2026. Guía informativa, no asesoría tributaria. Los porcentajes, topes y requisitos los definen la DIAN y el Estatuto Tributario y pueden cambiar; consultá a tu contador y verificá en el canal oficial. Hepacom no cobra ni gestiona pagos ni trámites tributarios.

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